Los gobiernos tratan de tener cada vez mayor conocimiento del mercado de las criptomonedas: quién las tiene, cuánto dinero gana/pierde con ellas, cuántas se venden o compran. Para ello –aunque siempre con un poquito de retraso–, adaptan sus normativas fiscales a la nueva realidad. Y estas variaciones, en ocasiones, pillan a contrapié al inversor. Si te ha pasado eso, aquí te traemos una guía sobre cómo declarar las criptomonedas en la declaración de la renta 2022-2023.

Para la Campaña de la Renta 2022, que acaba de comenzar, hay dos importantes novedades respecto a cómo declarar las criptomonedas:

  • En primer lugar, la Agencia Tributaria ha incluido una casilla específica para las criptomonedas, en concreto, la 1626, con clave 0, corresponde a las monedas virtuales.
  • La segunda modificación tiene que ver con que Hacienda ha puesto un límite a la compensación de las pérdidas con criptomonedas.

¿Qué impuestos tengo que pagar por las operaciones con criptomonedas?

Tal y como explican desde la Agencia Tributaria, la «moneda virtual» (también llamada  «criptomoneda») se define en el artículo 1.5 de la Ley 10/2010, de 28 de abril, de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo como «aquella representación digital de valor no emitida ni garantizada por un banco central o autoridad pública, no necesariamente asociada a una moneda legalmente establecida y que no posee estatuto jurídico de moneda o dinero, pero que es aceptada como medio de cambio y puede ser transferida, almacenada o negociada electrónicamente.»

Teniendo en cuenta esta definición, las criptomonedas se consideran, a efectos fiscales, como bienes inmateriales, computables por unidades o fracciones de unidades, que no son moneda de curso legal, pero que se utilizan como medio de pago al poder ser intercambiados por otros bienes, incluyendo otras monedas virtuales, derechos o servicios si se aceptan por la persona o entidad que transmite el bien o derecho o presta el servicio.

Al tener contenido económico, las monedas virtuales, como el resto de los bienes de los que sea titular el sujeto pasivo del Impuesto sobre el Patrimonio, deben ser declarados.

Por tanto, las ganancias generadas a través del trading de criptomonedas tributarán en la base del ahorro con los siguientes tramos:

  • De 1 a 6.000: 19%
  • De 6.001 a 50.000: 21%.
  • De 50.001 a 200.000: 23%.
  • Más de 200.000: 26%.

Límite a la compensación de las pérdidas con criptomonedas

Esta otra novedad sobre las criptomonedas en la declaración de la renta es, a efectos prácticos y patrimoniales, la más importante. Hacienda ha puesto un límite a la compensación de las pérdidas con criptomonedas.

Hasta ahora, era posible compensar estas pérdidas, incluso cuando las operaciones se habían hecho en muy cortos periodos de tiempo. Sin embargo, a partir de este momento sólo se podrán compensar las pérdidas si han pasado más de dos meses y no se ha vuelto a comprar la misma divisa digital. Es decir, se aplica el mismo sistema que con las acciones.

El objetivo, obviamente, es impedir que los traders (que realizan compras y ventas en muy cortos periodos de tiempo) se beneficien.

¿Cómo declarar la minería de criptomonedas en la declaración de la renta?

La minería de criptomonedas también ha de declararse en la Campaña de la Renta 2023. En este caso, se hará como con cualquier otra actividad económica en la que se obtiene un beneficio.

Para Hacienda, los mineros de criptomonedas son autónomos. Ergo, tendrán que tributar sus ganancias en el apartado de rendimientos de actividades económicas. Si se ha constituido una empresa para el minado de criptomonedas, la declaración se hará a través del Impuesto Sobre Sociedades.

No hay obligación de declarar los saldos en criptomonedas (de momento)

Ya sabes cómo declarar las criptomonedas en la renta 2023. Para 2024 (ya habrá tiempo para ello), se introducirá una gran novedad: habrá que informar sobre los saldos en criptomonedas, y no sólo acerca de las pérdidas y las ganancias.

El objetivo era incluir esta obligación en la campaña de la renta que acaba de comenzar, pero, finalmente, ha faltado tiempo para elaborar los modelos informativos e, in extremis, se decidió postergarlo para el próximo año.

Preguntas Frecuentes

¿Cuándo se considera una ganancia o pérdida patrimonial en criptomonedas?

La ganancia o pérdida patrimonial se considera cuando se vende, cambia o utiliza una criptomoneda para adquirir bienes o servicios. La diferencia entre el valor de adquisición y el valor de transmisión determina la ganancia o pérdida patrimonial.

¿Qué tipo impositivo se aplica a las ganancias de criptomonedas?

Las ganancias de criptomonedas están sujetas al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) y se aplican los tipos impositivos de la base del ahorro. Estos varían en función de la cantidad de ganancias, oscilando entre el 19% y el 26%.

¿Debo declarar mis criptomonedas si no las he vendido ni utilizado?

No es necesario declarar las criptomonedas si no has realizado ninguna operación que genere una ganancia o pérdida patrimonial. A partir de 2024, habrá obligación de incluir el saldo de criptomonedas en la declaración de la renta.

¿Cómo se determina el valor de adquisición y transmisión de una criptomoneda?

El valor de adquisición se refiere al coste de la criptomoneda cuando fue comprada o adquirida, incluyendo los costes asociados a la transacción. El valor de transmisión es el precio al que se vendió, intercambió o utilizó la criptomoneda.

¿Debo pagar impuestos si mino criptomonedas?

Sí, si minas criptomonedas y obtienes ingresos por ello, debes declarar estos ingresos en la declaración de la renta como rendimientos de actividades económicas.

¿Cómo se tratan fiscalmente los intercambios entre criptomonedas?

Los intercambios entre criptomonedas se consideran como una venta y una compra simultánea. Se debe calcular la ganancia o pérdida patrimonial resultante y declararla en la declaración de la renta.

¿Cómo afectan las pérdidas en criptomonedas a mi declaración de la renta?

Las pérdidas en criptomonedas pueden compensarse con ganancias patrimoniales de la misma categoría, lo que reduce la base imponible del ahorro. La novedad en la renta de este año es que hay limitación en las pérdidas que es posible declarar.